Decretos de emergencia económica. Tras más de 4 años y 27 declaratorias de emergencia económica, el régimen de Maduro continúa imponiendo un sistema excepcional que constitucionalmente no tiene ningún basamento para justificar su existencia, y más aún cuando ha sido un factor determinante en la agudización de la crisis humanitaria que vive Venezuela
Sala: Constitucional
Tipo de recurso: Constitucionalidad de ley
Materia: Derecho Constitucional
N° de Expediente: No indica
N° de Sentencia: 0060
Ponente: Juan José Mendoza Jover
Fecha: 15 de mayo de 2020
Caso: Nicolás Maduro solicita la revisión de constitucionalidad del Decreto n.° 4.194 del 4 de mayo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.534 Extraordinario mediante el cual declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica.
Decisión: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del Decreto n.° 4.194 del 4 de mayo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.534 Extraordinario, mediante el cual el presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, declaró el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
Asimismo, la Sala declaró nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción.
Igualmente, reiteró la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados del parlamento, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Alto Juzgado de la República.
Extracto: Aun no se publica el texto de la sentencia.
Comentario de Acceso a la Justicia:
La Sala Constitucional mediante este fallo solo reitera su postura de respaldar al Ejecutivo Nacional en la declaratoria del estado de emergencia económica impuesto en el país desde enero de 2016 https://www.accesoalajusticia.org/el-estado-de-excepcion-en-venezuela/.
De este modo Venezuela se erige en un caso único donde existen al mismo tiempo dos tipos de estados de excepción.
Tras más de 4 años y 27 declaratorias de emergencia económica, el régimen de Maduro continúa imponiendo un sistema excepcional que constitucionalmente no tiene ningún basamento para justificar su existencia, y más aún cuando ha sido un factor determinante en la agudización de la crisis humanitaria que vive Venezuela en los últimos tiempos, sumándose hoy en día la emergencia sanitaria por la pandemia de la Covid-19.
El referido fallo, además, reedita el fraude de la tesis del “desacato” para desconocer a la legítima Asamblea Nacional, con el propósito de que el régimen dictatorial de Maduro campee a sus anchas sin ningún tipo de control parlamentario o político.
Voto salvado: No tiene.