El ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, Yván Gil, en nombre del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, rechazó de manera categórica las declaraciones de la fiscal federal Argentina de Lomas de Zamora, Cecilia Incardona y el titular de la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional de la Procuración General de la Nación (DIGCRI), Diego Solernó, sobre el decomiso de la aeronave de Emtrasur, retenida ilegalmente desde el año 2022, en Argentina.
A través de la red social X, @yvangil, el canciller venezolano publicó un comunicado oficial, donde expresa la violación continuada de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado argentino, principalmente, “el Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Carta de Naciones Unidas, y los convenios bilaterales entre ambas naciones”.
La fiscal federal Cecilia Incardona, y el titular de la Digcri, Diego Solernó, afirmaron que es procedente el pedido de decomiso del avión de Emtrasur, realizado por el Tribunal Federal del Distrito de Columbia de los Estados Unidos.
A continuación, texto íntegro del comunicado:
“La República Bolivariana de Venezuela rechaza de manera categórica, la decisión de la Fiscal Federal Argentina de Lomas de Zamora, Cecilia Incardona, y el titular de la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional de la Procuración General de la Nación (DIGCRI), Diego Solernó, en torno al secuestro de la aeronave de EMTRASUR, ilegalmente retenida.
Es un hecho público, notorio y comunicacional, la violación continuada de compromisos internacionales adquiridos por el Estado argentino con la subscripción de convenios internacionales, principalmente, el Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Carta de Naciones Unidas, Convenio Bilateral entre la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela y otros relativos a la Navegación Aérea Internacional y Derechos Humanos.
Es de relevancia destacar, que la Comisión de Derecho Internacional y la doctrina reconocen que el Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados, proceso de Codificación del Derecho Internacional, es fuente autónoma de la disciplina según lo prevé el Artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional y por tanto no aplica el tratado suscrito entre Estados Unidos de Norteamérica y Argentina.
La justicia Argentina pretende desconocer el contenido del artículo 27 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional que establece la prohibición de paralización o embargo de una aeronave en servicio por cuestiones de patentes, y que luego de probarse en un juicio, lleno de arbitrariedades en incumplimiento del propio ordenamiento jurídico interno, que la tripulación, la aeronave y la carga, cumplieron todas y cada una de las normas internacionales para la navegación aérea y del ordenamiento jurídico Argentino, pretendan hoy aplicar un Tratado (bilateral) de Asistencia Jurídica Internacional entre la República Argentina y Estados Unidos de Norteamérica, que no puede ser aplicado a un tercer Estado porque estaría en franca violación a las obligaciones asumidas en convenios multilaterales como los anteriormente mencionados y donde la República Argentina, Estados Unidos de Norteamérica y la República Bolivariana de Venezuela tienen compromisos adquiridos y procedimientos para resolver este tipo de controversias.
Del incumplimiento de compromisos internacionales, nace la responsabilidad internacional, como lo afirma la propia Corte Suprema de Argentina. La República Bolivariana de Venezuela, de conformidad al derecho internacional que le asiste, recurrirá a las instancias internacionales que correspondan por este nuevo atropello que a todas luces, denota parcialidad, discriminación, desconocimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino, conducta inamistosa y carente de la más elemental cortesía internacional. Por lo que se le solicita a la República Argentina, la inmediata devolución de la aeronave que solo puede volar bajo autorización expresa de la República Bolivariana de Venezuela, a la cual pertenece.
Caracas, 30 de diciembre de 2023″.