La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas de Venezuela, Sunacrip, estableció nuevas normas regulatorias aplicables a todos los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP). Los lineamientos se ajustan a las recomendaciones que ha realizado anteriormente el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
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La regulación busca fiscalizar los riesgos relacionados con el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y la «proliferación de armas de destrucción masiva», según la providencia número 044-2021 publicada el 21 de abril en Gaceta Oficial. Las disposiciones entrarán en vigencia el 19 de julio de este año.
«Esta norma está dirigida a las personas y entidades, públicas y privadas, que proporcionen a terceros productos y servicios a través de actividades que involucren activos virtuales o criptoactivos, en o desde el territorio de la República Bolivariana de Venezuela», señala la providencia firmada por Joselit Ramírez, superintendente nacional de criptoactivos.
Cada VASP debe establecer un «sistema integral de administración de riesgos», fijar un presupuesto para sus operaciones y designar a un «oficial de cumplimiento». Este último es quien debe aprobar las políticas y controles internos para contrarrestar los potenciales delitos.
Los exchanges de bitcoin, por ejemplo, deben llevar un control de las operaciones que realizan sus usuarios y, en caso de detectar transacciones sospechosas, deben «informar de manera oportuna a las autoridades competentes», según lo estipulado en el artículo 10 de la norma.
Los informes a las autoridades competentes abarcan dos aspectos. El primero es completar el formulario denominado Reporte de Actividades Sospechosas (RAS), el segundo es remitir la información a una entidad denominada Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF) que hará las investigaciones correspondientes.
«Regla de viaje» a operaciones con bitcoin
Otro aspecto que llama la atención de la nueva norma es la aplicación de la llamada «regla de viaje» a las transacciones con bitcoin. La regla es una de las numerosas recomendaciones que ha realizado el GAFI para minimizar el lavado de dinero a escala global.
La norma dice que cualquier operación con bitcoin o criptomonedas que supere los 1.000 euros o dólares debe incluir los datos personales de quien envía los fondos y de quien los recibe. En el caso de la norma venezolana, la superintendencia exige que se diseñen «procesos efectivos de Debida Diligencia para el conocimiento del Cliente (DDC)».
Los datos que deben recabar los VASP son: nombre del originador y del beneficiario, número de cuenta o monedero virtual para cada uno o número de referencia de la transacción que permita rastrearla, dirección física del originador, número de identidad nacional, número de identificación del cliente, fecha y lugar de su nacimiento. Los proveedores de servicios también deben rastrear las direcciones IP usadas por los usuarios y examinar el historial de transacciones.
El GAFI emitió recientemente una actualización de sus lineamientos orientados a bitcoin y a las criptomonedas en general. Las normas del organismo internacional entrarían en vigencia a partir de junio, un mes antes que la regulación de la Sunacrip.