«El que calla otorga». Al menos a esta conclusión se llega al conocer que el Ejecutivo nacional no ha respondido a las peticiones de información que ha hecho la Organización de Naciones Unidas (ONU) para conocer la situación de la suspendida jueza María Lourdes Afiuni y de la independencia del Poder Judicial.
RL / Idaed / CortesiaAccesoalajusticia
El 25 de enero de 2020, Diego García-Sayán, relator sobre la independencia de los magistrados y abogados de la ONU; Tlaleng Mofokeng, relatora sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; y Mary Lawlor, relatora sobre la situación de los defensores de derechos humanos, le enviaron una carta al Estado venezolano en la cual requerían que les explicaran cómo Afiuni fue declarada culpable de «corrupción propia» en 2019 si en el juicio «no se habría acreditado el elemento del tipo relativo al beneficio obtenido».
En otras palabras, los expertos quieren saber cómo el 21 de marzo de 2019 el juez Manuel Antonio Bognanno condenó a Afiuni si el Ministerio Público (MP) no probó, a lo largo del juicio, que ella había recibido dinero o beneficio alguno por dejar en libertad condicional en 2009 al banquero Eligio Cedeño, una decisión que la jueza adoptó acatando una instrucción del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias. El delito de corrupción requiere, de acuerdo a la Ley contra la Corrupción, que haya algún beneficio para el supuesto corrompido.
Asimismo, los tres relatores querían conocer si Afiuni fue destituida de su cargo por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) cumpliendo con el debido proceso y qué medidas ha adoptado el Gobierno de Maduro para «garantizar su integridad física y mental», en virtud de los problemas de salud que padece.
Durante su cautiverio, la entonces jueza 31 de Control de Caracas denunció haber sido objeto de abuso sexual en la cárcel de mujeres de Los Teques (Miranda) a la que fue enviada. Debido a esto, su salud se habría resentido.
Los relatores de la ONU les dieron a las autoridades venezolanas sesenta días para responder a sus preguntas. Sin embargo, más de un año después lo único que han obtenido ha sido un escandaloso silencio, algo que no es novedoso. Acceso a la Justicia revisó la página web del Consejo de Derechos Humanos y observó que de las once peticiones de información que distintos relatores y mecanismos de la ONU formularon al Ejecutivo venezolano en 2020, solamente una fue respondida.
El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) ha denunciado que la falta de cooperación con los organismos internacionales se ha vuelto estructural. La organización denunció que:
«Desde 2011 el Gobierno ha recibido 86 comunicaciones de los mandatos temáticos y solamente ha respondido a 39, lo que significa que mucho más de la mitad han quedado sin respuesta. Esta falta de cooperación se ha agudizado desde febrero de 2019 pues la Cancillería ha recibido un total de 17 comunicaciones y solamente ha respondido a dos de ellas».
Sospechas más que fundadas
Los relatores, en su misiva, expresaron sus dudas sobre la legalidad del proceso seguido contra Afiuni:
«El inicio del proceso penal en su contra y su condena se debería más a intereses políticos y a una utilización indebida del sistema de justicia penal para someter a los jueces al Poder Ejecutivo. Nos preocupa que la detención y el uso indebido del derecho penal contra Afiuni constituya un acto de represalia por seguir una recomendación del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria acerca de la liberación del Sr. Eligio Cedeño y que los actos de hostigamiento en su contra puedan disuadir a otras personas defensoras de derechos humanos de llevar a cabo su legítima labor en Venezuela».
Lo señalado desde la ONU valida el concepto del «efecto Afiuni» que expertos como la magistrada emérita del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Blanca Rosa Mármol de León, han acuñado para explicar la situación de sumisión en la que se encuentran los tribunales frente al Gobierno.
En 2013 Mármol declaró lo siguiente:
«La temporalidad de los jueces los hace extremadamente susceptibles a la hora de tomar decisiones e incurrir en injusticias. ¿Por qué? Porque si no toman la decisión que en un momento se espera o se desea son removidos sin juicios. Gracias a esto, y al efecto Afiuni (si no decides de cierta manera te envío a la cárcel), tenemos unos jueces vulnerables».
La posibilidad de terminar tras las rejas, como le ocurrió a María Lourdes Afiuni, explicaría muchas decisiones alejadas del derecho que han tomado integrantes del Poder Judicial.
Precisamente para ahondar sobre el «efecto Afiuni» en el Poder Judicial, los relatores solicitaron a las autoridades que les informaran también qué medidas han adoptado para:
«garantizar la independencia de la judicatura y para asegurar que todos los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan “con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”».
Jueces no, peones
La situación de sumisión de los jueces y fiscales al Ejecutivo alarma a las instancias internacionales desde hace tiempo. Así, en octubre de 2020 esta fue una de las razones esgrimidas por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para extender, por dos años más, el mandato de la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela.
La instancia con sede en Ginebra (Suiza) denunció:
«La inseguridad de la permanencia en los cargos, la falta de transparencia en el proceso de nombramiento de jueces y fiscales, la precariedad de las condiciones de trabajo y las injerencias políticas, también en lo que respecta a los miembros del Tribunal Supremo, que carecen de independencia de las autoridades y el partido en el poder, socavan la independencia del sistema de justicia, contribuyen a la impunidad y a la persistencia de violaciones de los derechos humanos y obstaculizan la celebración de elecciones libres, limpias, transparentes y creíbles».
No hay que olvidar que aproximadamente 85% de los casi 2.200 jueces venezolanos son provisorios, accidentales o temporales, es decir, no llegaron a sus cargos a través de concursos públicos de oposición, tal y como lo manda el artículo 255 de la Constitución, sino que fueron designados a dedo por la Comisión Judicial del TSJ. Por tal motivo, el máximo juzgado los considera de libre nombramiento y remoción, y así, los destituye sin procedimiento alguno que les garantice su derecho a la defensa.
La situación aún es peor en el Ministerio Público, donde más del 97% de los 1.500 fiscales no son los titulares de sus cargos. En 2018 el fiscal impuesto por la Constituyente, Tarek William Saab, reformó el Estatuto del Personal del Ministerio Público para establecer que todos los funcionarios del organismo son de libre nombramiento y remoción. Con esto se revirtieron los pocos avances logrados durante la gestión de Luisa Ortega Díaz, quien a finales de 2012 puso en marcha los primeros concursos para la asignación de los cargos de fiscal.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
La negativa de las autoridades venezolanas a responderle a la ONU sobre el caso de la jueza María Lourdes Afiuni y sobre la situación en la que están los demás jueces representa en primer lugar una clara violación a la Constitución, que en su artículo 31 establece claramente que «el Estado adoptará (…) las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previstos en este artículo». Es decir, el Gobierno y los demás poderes públicos deben cumplir las instrucciones y mandatos de los organismos internacionales de protección de derechos humanos, incluyendo responder sus solicitudes de información.
Por otro lado, consideramos que esta omisión corrobora la falta de independencia judicial y la situación de riesgo de los ciudadanos. ¿La razón? Los jueces, ante el temor de perder sus empleos o terminar en la cárcel como Afiuni, decidirán no según la ley y las pruebas, sino de acuerdo a las instrucciones que reciban de parte de jueces superiores o del Gobierno.