Con la promulgación de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, el pasado 3 de abril, Venezuela consagra legalmente su derecho histórico sobre ese territorio, consolida la defensa de su integridad territorial y ratifica el Acuerdo de Ginebra de 1966, como único instrumento jurídico válido para una solución práctica y mutuamente aceptable en la controversia sobre la Guayana Esequiba.
Este nuevo instrumento jurídico, que consta de 39 artículos, 6 capítulos, 5 disposiciones transitorias y 2 finales, tiene como objetivo fundamental “establecer los medios y mecanismos orientados a la defensa del territorio de la Guayana Esequiba, actualmente usurpado por la República Cooperativa de Guyana, como resultado del írrito Laudo Arbitral de 1899”.
Dicha ley ha tenido un gran impacto tanto a lo interno del país como a nivel internacional. Al respecto el integrante de la Comisión Especial para la Defensa del Territorio de la Guayana Esequiba y Soberanía Territorial de la Asamblea Nacional, diputado José Gregorio Vielma Mora, declaró a Últimas Noticias que esta ley es de gran trascendencia, porque por primera vez en la historia de Venezuela se establecen normas jurídicas relacionadas con aspectos económicos, de seguridad y políticos, entre otros, sobre el territorio de la Guayana Esequiba.
Asimismo, indicó que las políticas del Estado en favor de la recuperación del citado territorio “han despertado al venezolano de un letargo sobre el amor a la soberanía y además le ha hecho recordar la verdadera extensión de la Guayana Esequiba, pues había una imprecisión en tantos textos, y ahora sabemos que son exactamente 159.542 kilómetros cuadrados la superficie de ese territorio, el cual tiene también una Fachada Atlántica, y eso crea una mayor conciencia sobre nuestra herencia histórica y territorial”, dijo.
Cabe destacar que en el artículo 10 de esta ley se establecen claramente los límites de este territorio. “El estado Guayana Esequiba tendrá la superficie del actual territorio de la Guayana Esequiba, comprendida dentro de los siguientes límites: Norte: océano Atlántico; Sur: República Federativa de Brasil; Este: República Cooperativa de Guyana y por el Oeste: estados Delta Amacuro y Bolívar”.
Sobre lo económico
Respecto al impacto económico que pudiera generarse mediante estrategias relacionadas con el desarrollo de la Guayana Esequiba, Vielma Mora aseguró que ha estudiado en profundidad ese aspecto, destacando que “no solamente es importante el tema de la plataforma continental, del mar territorial, del gas que está allí, del petróleo; también lo es el tema de la fuerza del valor hídrico, del tipo de suelos que hay allí, el tema forestal, maderero, los distintos tipos de piedra, arenas; son muchas cosas que hemos analizado, incluso se está evaluando ahora el tema de los bonos de carbono”, que son instrumentos financieros que representan la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera. En otras palabras, es un método de compensación de emisiones que permite a empresas reducir su huella de carbono mediante la inversión en proyectos de mitigación.
El legislador enfatizó que en la actualidad Guyana administra los recursos de la región, sin embargo, “eso no le da derecho alguno sobre nuestra soberanía territorial, ya que lo que hay es un uso indebido de un territorio respecto de lo que establece el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero del año 1966, las partes de manera amistosa deben ponerse de acuerdo para darle un tratamiento práctico a las diferencias entre ambos Estados, sin embargo, ellos –Guyana– están haciendo usufructo de un territorio que no les pertenece”, concluyó.
Estado Guayana Esequiba
Otro de los aspectos a destacar de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba es que en su capítulo II, artículo 9, establece la creación del nuevo estado venezolano: “Se crea el estado Guayana Esequiba dentro de la organización político territorial de la República Bolivariana de Venezuela. El estado Guayana Esequiba es una entidad autónoma en lo político, con personalidad jurídica plena y patrimonio propio e independiente”.
En relación con ese artículo, Roy Daza, diputado y miembro de la Comisión Permanente de Política Exterior Soberanía e Integración de la AN, declaró a ÚN que “la creación del Estado de Guayana es una reivindicación absolutamente fundamentada por parte del Estado venezolano, producto de un mandato popular en el referéndum de diciembre de 2023 –en el que más de 10 millones de venezolanos dijeron Sí a las cinco preguntas allí establecidas– y del derecho que tiene Venezuela sobre la Guayana Esequiba”.
Plan especial
Otro de los puntos a resaltar de esta ley es que establece la obligación de diseñar un plan especial para la protección y el desarrollo de la población actual y futura del territorio de la Guayana Esequiba. Asimismo, establece la conformación de la Alta Comisión de Estado de la Guayana Esequiba que tiene como misión asesorar y generar recomendaciones en cuanto a políticas públicas y medidas para la recuperación, defensa y desarrollo del Esequibo.
Guyana pierde el tiempo
En cuanto a la posición de Guyana de querer dirimir el conflicto a través de la Corte Internacional de Justicia, Daza aseguró que “Guyana está lamentablemente perdiendo el tiempo con acudir ante la corte, al buscar maniobras. Todo va a terminar en una negociación bilateral, donde las partes, Guyana y Venezuela, se ponen de acuerdo sobre la controversia territorial que existe con base en el acuerdo de Ginebra. Punto. Esa es la decisión que históricamente se va a tomar”, dijo.
Acerca de los beneficios que la ley traería para el país, afirmó que en primer lugar el beneficio sería territorial, así como histórico, porque esa reivindicación es un derecho de todos los venezolanos, pero además resuelve un asunto, el Acuerdo de Ginebra.
“Resuelve que por vía diplomática y por vía pacífica tenga fin el diferendo que ya tiene un poco más de 100 años. Es decir, podríamos dar una demostración al mundo, tanto Guyana como Venezuela, de que es posible arreglarse por la vía del entendimiento, del diálogo, del acuerdo diplomático”, dijo.
Por último, es conveniente destacar que un acuerdo entre ambos países beneficiaría no solo a Venezuela, sino también a Guyana, el cual contribuiría a consolidar el intercambio comercial y la paz de la región.
Datos sobre la ley
- El capítulo I de tal legislación está dedicado a la finalidad de la misma como “preservar la independencia, la libertad, la soberanía y la integridad territorial.
- El capítulo II de la misma trata sobre la creación del estado Guayana Esequiba como una entidad autónoma en lo político, con personalidad jurídica plena y patrimonio propio e independiente.
- El capítulo III de la ley está de dedicado a la creación y funciones de la Alta Comisión para la Defensa de la Guayana Esequiba.
- El capítulo IV se refiere a la protección del mencionado territorio.
- Los capítulos V y VI tratan sobre el acceso a la información de la Guayana Esequiba y de las sanciones para quienes incumplan la ley, respectivamente.