La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 2 de septiembre de 2020 tres resoluciones mediante las cuales otorgó medidas cautelares a favor de dos personas privadas de libertad y una persona con paradero oficial no conocido tras su detención en Venezuela.
La Comisión consideró que tales personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.
La CIDH emitió las siguientes resoluciones:
– Resolución 52/2020 (MC-456-20) a favor de Robert Joan Maldonado Molina quien se encuentra privado de su libertad. La Comisión valoró que, según los solicitantes, el beneficiario no viene recibiendo la atención médica prescrita especializada para tratar su salud.
– Resolución 53/2020 (MC-662-20) a favor de Oscar Adolfo Morales Betancourt quien se encuentra privado de su libertad. La CIDH valoró que, según los solicitantes, el beneficiario no recibe la atención médica correspondiente ni se realizan los traslados hospitalarios ordenados mediante decisión judicial.
– Resolución 54/2020 (MC-698-20) a favor de Juan José Gámez Maza. Los solicitantes indicaron que su paradero o localización oficial no se conoce a la fecha tras haber sido detenido por autoridades estatales.
Tras solicitar información al Estado, en ninguna de las tres medidas cautelares se recibió información que permita indicar que las situaciones alegadas han sido debidamente mitigadas. El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre violación alguna a los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.
La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.