Misión de la ONU afirma que las torturas, detenciones arbitrarias o ejecuciones extrajudiciales son términos lamentablemente utilizados con frecuencia por los órganos internacionales de protección de derechos humanos cuando se trata el caso de Venezuela.
RL / Idaed / Accesoalajusticia
Sin embargo, poniendo a prueba nuestra capacidad de asombro, ahora se informa que un patrón de persecución descrito anteriormente tiene sus raíces en una de las más feroces manifestaciones del odio como lo fue el nacionalsocialismo, responsable de una guerra mundial, millones de muertos y la persecución de inocentes solo por su raza, religión y por pertenecer a una minoría.
Así fue denunciado por la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela en su segundo informe sobre la situación del país, presentado al público el pasado 16 de septiembre. En el documento, el grupo de expertos asegura haber recibido información de que agentes de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) habrían amenazado con aplicar «sippenhaft» a disidentes bajo su custodia, en particular a algunos de los señalados de participar en la llamada Operación Gedeón. Esta práctica consiste en encarcelar a familiares de los detenidos para presionarlos a confesar o colaborar con sus planes.
En este sentido, se debe aclarar que el término no es una creación de la Misión, sino que cita lo dicho por los funcionarios, es decir, que los mismos están conscientes que este mecanismo de represión tiene su origen en el nazismo y así lo hacen saber a sus víctimas, seguramente para que el término tenga aún un mayor poder intimidatorio.
En el reporte se señala lo siguiente:
«El 7 de agosto de 2020, uno de los acusados en el caso Gedeón declaró ante el Tribunal Cuarto de Control con Competencia en Casos de Terrorismo (…) que, entre la fecha de su detención el 20 de abril de 2020 y la fecha de su audiencia de presentación el 8 de mayo de 2020, agentes de la DGCIM supuestamente lo interrogaron bajo tortura, incluso asfixiándolo con una bolsa, resultando necesario en una ocasión que fuera trasladado a un hospital militar para ser reanimado.
Dijo al Tribunal de Control que, tras negarse a hacer las declaraciones que le plantearon durante la sesión de interrogatorio, funcionarios de la DGCIM le dijeron que aplicarían el «Sippenhaft» (una táctica de castigo colectivo utilizada por los nazis), que consistía en encarcelar a sus familiares como forma de presión.
Dijo al tribunal que algunos funcionarios de la DGCIM fueron posteriormente a su casa y arrestaron a sus dos hermanas y a su cuñado, quienes fueron retenidos en la DGCIM de Boleíta durante 32 días. En el acta de la audiencia de presentación, no se indica que el Tribunal de Control haya tomado ninguna medida tras recibir esta información».
Este segundo informe fue elaborado tras analizar 183 casos de detenciones a disidentes y críticos ocurridos entre 2014 y 2021 y entrevistar a 177 personas, la mayoría de ellas víctimas de abusos, sus familiares y defensores, pero también a 36 personas que trabajaron en el sistema judicial y que revelaron detalles de cómo opera esta rama del Poder Público. Los expertos trataron de obtener información de parte de las autoridades y para ello enviaron 17 cartas a Maduro, al fiscal general impuesto por la Constituyente, Tarek William Saab, al presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno, entre otros funcionarios, pero no recibieron respuesta ni se les permitió ingresar al país para constatar in situ la situación.
Práctica habitual
La Misión expuso el caso del primer teniente Franklin Caldera como otra prueba de las actuaciones irregulares de la DGCIM. El oficial, quien estaba en Colombia desde 2019 señalado de participar en un intento de asalto a una base militar, habría sido secuestrado en febrero de este año por agentes del organismo de inteligencia en la localidad de Cúcuta, según se lee en el reporte.
Como si aprehender a una persona en territorio extranjero no fuera suficiente, los agentes de la DGCIM habrían amenazado con liquidar a los familiares de Caldera si éste no cooperaba con ellos. Así, la Misión reseñó la siguiente información, conseguida tras conversar con abogados y familiares del oficial:
«El Director (de Investigaciones del organismo de seguridad) le dijo a Caldera: “Mi orden es matarte, pero si colaboras, te salvo la vida”. Los funcionarios de la DGCIM llevaron a Caldera a una casa en San Cristóbal, estado de Táchira. Le dijeron que estaba en “la primera fase”, explicándole: “La primera fase es cuando estás vivo, pero si no hablas, te pasamos a la segunda fase, cuando matamos a tu mamá, tu papá y tu hermana”».
Pese a que el oficial denunció este hecho a un juez militar, el funcionario no ordenó ninguna investigación ni tomó ninguna medida para garantizar la vida del denunciante y sus familiares, según se denuncia en el informe.
Para quebrar la voluntad de los detenidos, los cuerpos policiales y militares recurren a otras prácticas contrarias a los derechos humanos.
«La Misión descubrió que, una vez arrestadas, se mantuvieron a las personas detenidas sin ningún contacto con el mundo exterior, durante periodos que iban de días a semanas, mientras que los centros de detención, incluso en custodia del SEBIN y de la DGCIM, negaban información a la familia sobre su paradero».
Al respecto, los investigadores dejaron en claro que las desapariciones forzadas están a la orden del día en Venezuela.
Otra violación recurrente que constató la Misión es la denegación al derecho a la defensa. «De las 183 detenciones que la Misión examinó, 129 (el 70%) revelan claros indicios de injerencia en el derecho de defensa», denunció, al tiempo que indicó que las más frecuentes son la imposibilidad de designar a un abogado privado, impedirles a estos poder prepararse para representar a sus clientes, al negar acceso a su cliente o al expediente; o directamente intimidarlos y amenazarlos.
Impunidad total
La Misión tomó nota de la decisión del Ministerio Público de reabrir los casos del concejal Fernando Albán, el estudiante Juan Pablo Pernalete y del capitán Rafael Acosta Arévalo. Sin embargo, denunció que «el alcance de las investigaciones que se han estado adelantando es limitado, por cuanto no están siendo objeto de investigación todos los delitos graves o bien tan solo partícipes de bajo rango enfrentan procesos penales», y que hasta ahora no se han incluido a «personas en los niveles superiores de la cadena de mando».
Lo anterior pone en evidencia que lo hecho en estos casos no puede ser presentado ante la Corte Penal Internacional como muestra de la supuesta lucha contra la impunidad en materia de crímenes de lesa humanidad, sino que por el contrario alerta sobre la impunidad existente en las cadenas de mando.
Asimismo, el informe reveló que de los 19 casos de la represión selectiva contra opositores, incluidos en su primer informe, en 16 de ellos las autoridades seguían sin adoptar «medidas de investigación tangibles, concretas y progresivas».
La Misión también pone en duda los datos oficiales que indican que entre 2014 y 2021 entre 379 y 397 funcionarios habían sido condenados por la justicia por su presunta participación en violaciones a los Derechos Humanos, pues la ausencia de información pública les impidió a los investigadores de la ONU verificarlos.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
El segundo informe de la Misión de la ONU revela que la situación de indefensión en la que se encuentran los venezolanos, en especial quienes se oponen o disienten del Gobierno de Maduro, es muy elevada, y no solo los afecta a ellos, sino incluso a su círculo más cercano. Los investigadores hallaron que los organismos de seguridad e inteligencia recurren a prácticas que regímenes abominables, como el de los nazis, llegaron a aplicar.
Asimismo, deja en claro que esta situación no habría podido ocurrir sin el concurso del Poder Judicial, y afirma que:
«si los actores fiscales y judiciales hubieran desempeñado de manera adecuada y completa su función constitucional podrían haber evitado la comisión de muchos de estos crímenes y violaciones o, por lo menos, podrían haber puesto trabas rigurosas para obstaculizar la capacidad de los miembros de los servicios de seguridad pública e inteligencia del Estado para cometerlos».
En conclusión, el ciudadano no solo está indefenso ante las arbitrariedades de los cuerpos de seguridad, sino que además, quienes deben defenderlo, es decir, los tribunales, han asumido ese mismo papel, en un sistema de represión que se alimenta a sí mismo a costa de la dignidad humana.