18 mayo, 2024 7:48 pm

Es falso que se aprobó ley que permite procesar a estudiantes por acoso escolar

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Es falso que se aprobó una ley que permite que cualquier estudiante pueda ser denunciado, procesado e internado por 6 años por delitos relacionados con el acoso escolar, como dice un texto que ha circulado en redes sociales y portales web.

Idaed / Efectococuyo

La ley que se menciona en la cadena fue aprobada en Perú en el año 2011. El texto de la cadena se copió de un portal web del país. Se publicó en marzo de 2021.

Las primeras líneas de la cadena dicen: “Aprobada en primera discusión en la AN de Venezuela la Ley Anti Bullying, acoso y violencia escolar. Decreto de Ley N° 29719. Cualquier alumno o grupo de alumnos que hagan Bullying a sus  compañeros pueden  ser denunciados, procesados e inclusive Internados hasta por  6 años por los delitos…”.

Esta desinformación circula luego de que se han dado a conocer varios casos de acoso escolar en las redes sociales. Al menos nueve adolescentes fueron imputados en la primera quincena de mayo por agredir físicamente a sus compañeros, según los reportes del fiscal general Tarek William Saab.

Por esta razón, las autoridades venezolanas buscaron aprobar de leyes para prevenir y proteger a los estudiantes que viven estas situaciones en sus centros educativos.

La Unidad de Verificación de Datos y Fact-checking de Efecto Cocuyo rastreó el origen de la cadena, revisó el contenido de las leyes recientemente aprobadas y consultó expertos.

Proyecto de ley en Venezuela

El pasado 21 de abril, la Asamblea Nacional (AN), con mayoría del chavismo, aprobó en primera discusión el proyecto de Ley de Convivencia Pacífica y Escolar, con el que «se busca proteger a la comunidad educativa de todas las formas de violencia».

Consta de 24 artículos y tres capítulos. El proyecto se orienta a prevenir y sancionar las agresiones físicas y psicológicas. El diputado Rubén Limas, quien advirtió que debe ser una ley para prevenir y no para castigar, pues de lo contrario no se estaría comprendiendo el fenómeno del acoso escolar.

Se puede leer el proyecto de ley en el portal web de la AN. El primer capítulo se extiende sobre las disposiciones generales de la ley, el segundo capítulo trata sobre la figura del Consejo de Convivencia Pacífica Escolar y el tercer capítulo está dedicado a la prevención y protección integral ante el acoso escolar.

Fase de consulta

Según aclaró el abogado y coordinador general de Cecodap (organización defensora de los derechos de la niñez), Carlos Trapani, el proyecto que pudo leer la organización no contempla sanciones como las que se mencionan en la cadena.

El texto está en fase de consulta. Aún falta que sea aprobado en segunda discusión de la AN y pase por el Ejecutivo para que la ley sea promulgada.

Al menos según se contempla en el texto aprobado, el artículo 21 dice que las normas de convivencia del centro educativo deben desarrollar estrategias para el abordaje del acoso escolar. Pueden ser medidas para:

  • Promover el derecho al buen trato
  • Preventivas: dirigidas a modificar situaciones que favorecen el surgimiento de problemas de convivencia 
  • Disciplinarias de apoyo o acompañamiento: dirigidas a solucionar problemas de convivencia y disciplina a través de acompañamiento directo a las y los estudiantes.

En ninguno de los 24 artículos del proyecto se mencionan sanciones específicas como las que aparecen en la cadena.

¿Cómo se traduce?

Trapani recordó que los adolescentes tienen responsabilidad penal cuando se encuentran entre los 14 y 18 años, de acuerdo con la legislación venezolana. También dijo que la ley no reconoce al acoso como un delito, porque ni siquiera hay artículo que lo defina.

“Sin embargo, en el marco del acoso se puede cometer un delito. Por ejemplo, si el joven acosa físicamente (empuja, pellizca, jala el pelo o pega) y eso escala hasta que le disloca la mandíbula o fractura a alguien, esas son lesiones gravísimas y, de acuerdo con la Lopnna, sí son susceptibles a privación de libertad. Y tienen una pena no menor de cuatro años ni mayor de seis”, explicó a Efecto Cocuyo el pasado 14 de mayo.

Agregó que penalizar a un adolescente porque acose probablemente le generará más daños en términos de desarrollo. “Lo que hay que hacer es que el adolescente tenga conciencia de que ese acto es violento y que no lo repita. El llamado es a reconocer el rol fundamental de la familia, que tiene la responsabilidad de custodiar, vigilar y cuidar a niños y adolescentes”.

Ley aprobada en Perú

Ahora, ¿de dónde proviene el texto viral? Esta cadena ha pasado por grupos de Facebook y portales web de colegios en Venezuela durante la primera semana del mes de junio. Sin embargo, tiene un recorrido mucho más largo en redes sociales.

Por ejemplo, una versión de este texto se encontró en una página de Facebook de Perú y fue publicada el 12 de marzo de este año; otra versión salió en una página de Ecuador el 27 de febrero de 2020. ´

La versión más reciente y más parecida a lo que se explica en la cadena apareció en marzo del año pasado en el diario El Objetivo de Perú.

Se puede derivar el caso

Cocuyo Chequea contactó a Cecodap. Aclararon que la ley a la que hace alusión la cadena se decretó en Perú en junio del 2011. La ley Nº 29.719establece mecanismos para promover la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

También cuenta con su respectivo reglamento, publicado al año siguiente. El capítulo V detalla los procedimientos y medidas correctivas a aplicar. En su artículo 13 establece que estas medidas deben estar claras en el reglamento interno de cada institución y respetar los derechos de las y los estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y el Código del Niño y el Adolescente.

En el artículo 14 literal F se detallan los criterios aplicables a los procedimientos. Se menciona que el director o directora, en coordinación con los padres o apoderados, pueden derivar a los o las estudiantes que requieran atención especializada a establecimientos de salud, Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente u otras instituciones según sea el caso.

En conclusión, es falso que se aprobó una ley en Venezuela que permite que cualquier estudiante pueda ser denunciado, procesado e internado por 6 años por delitos relacionados con el acoso escolar. Si bien hay una ley sobre el tema en discusión en el país, el texto no contempla sanciones. La cadena hace referencia a una ley aprobada en Perú en el año 2011.

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