La Empresa de Transporte Aerocargo del Sur, S.A (Emtrasur), empresa del Estado venezolano, rechaza y condena de manera categórica la decisión arbitraria e ilegal del Juzgado Federal Lomas de Zamora, por el juez Federico Villena, de decomisar, a petición de Estados Unidos, el avión Boeing 747-300, informó el ministro del Poder Popular para el Transporte y presidente de Conviasa, Ramón Velásquez Araguayán, a través de un mensaje publicado en la red social X.
En un comunicado, la empresa destacó que la decisión «contradice los fallos del juez Federico Villena, quien concluye que la liberación de la tripulación y la aeronave, ordenada por el Juzgado, demuestra que no existe, ni existió elementos de convicción suficientemente válidos, para determinar la comisión de un hecho ilícito relacionado con espionaje y acciones terroristas por parte de Emtrasur».
El Boeing 747 había arribado a la capital argentina el 6 de junio y dos días más tarde, tenía previsto ir a Montevideo, pero Uruguay le denegó acceso a su espacio aéreo, por lo que debió regresar al aeropuerto argentino, donde fue incautado luego de quedar varado por falta de combustible. Desde entonces, la justicia argentina investiga si el avión, que antes perteneció a la aerolínea iraní Mahan Air, fue utilizado para realizar actividades sospechosas.
Emtrasur señaló en su comunicado, que durante el proceso «quedó demostrado ante las autoridades argentinas que la empresa cumplió con todos los permisos legales y el respectivo plan de vuelo, se demostró la legítima titularidad de la aeronave, la legalidad de la carga verificada y corroborada por la autoridad aduanera argentina al momento de su liberación».
Venezuela ratificó que, «con esta decisión arbitraria, y la retención ilegal durante cinco meses de la tripulación en Argentina y el secuestro de la aeronave durante un año y seis meses, sin prueba alguna, sumado a las pérdidas materiales causadas por daños y perjuicios al patrimonio público venezolano, el gobierno argentino, no solo violó los derechos humanos, también el debido proceso en el cumplimiento de las regulaciones internacionales, por tratarse de un Estado miembro de la OACI, en relación con sus obligaciones aplicables a la navegación aérea del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y del Convenio sobre Tránsito de los Servicios Aéreos Internacionales que prohíbe el embargo de una aeronave en servicio».
Lea aquí el comunicado íntegro:
vtv