Aunque la Asamblea Nacional se ha llevado la peor parte, no es el único Poder Público que ha visto cómo el chavismo lo despojaba de las competencias que la Constitución le asigna, pues el Ministerio Público también ha sufrido una situación similar, lo cual ha dificultado al organismo realizar su misión principal: investigar y castigar a los responsables de los delitos que ocurren en el país.
La denuncia la formuló Acceso a la Justicia, en su investigación Informe sobre el desempeño del Ministerio Público (2000-2018), el cual se elaboró a lo largo del año 2019 y fue coordinado por Elienai González. En este estudio se realizó una evaluación del impacto sufrido por la instancia tras la entrada en vigor del sistema acusatorio con la aprobación del Código Orgánico Procesal (COPP) y luego la de la Carta Magna de 1999.
En la investigación se denuncia que el Ministerio Público «se ha visto seriamente afectado en sus funciones, por medio de diversos mecanismos de apariencia legal», comenzando por la reforma que el COPP sufrió en 2012, en la cual se eliminaron los artículos (114 y 116) que establecían la subordinación de los Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) a la Fiscalía; y el poder para sancionarlos que tenía el fiscal general en caso de que incumplieran las instrucciones emanadas de su despacho.
En el informe se denuncia que:
«Estos cambios implicaron una mayor autonomía y discrecionalidad del CICPC en detrimento de la autoridad del Ministerio Público en la dirección de la investigación penal, por lo que la concentración de poder en el Ejecutivo permea también esta delicada área».
Siempre el TSJ
Sin embargo, los peores golpes a la instancia garante de la legalidad provinieron del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Así, la Sala Constitucional en su sentencia n.º 469, del 27 de junio de 2017, le otorgó «representación procesal» a la Defensoría del Pueblo en casos penales relacionados con violaciones a los derechos humanos, y además declaró que este último organismo puede solicitar diligencias de investigación a los órganos auxiliares, así como promover pruebas.
«La mencionada sentencia, generó de manera inconstitucional una duplicidad de competencias que implican mayores dificultades para adjudicar responsabilidades en materia de violación de derechos humanos», se lee en el informe, en el cual se recuerda que «la labor de la Defensoría no es jurisdiccional, es de seguimiento, acompañamiento, de denuncia, de vigilancia, de exigibilidad de derechos, en aras que los entes del Estado cumplan con su rol».
Semanas después la intérprete de la Carta Magna en su sentencia n.º 537 del 13 de julio de 2017 les prohibió a los fiscales imputar a sospechosos de un delito en sus dependencias y ordenó realizar este procedimiento en las sedes judiciales; además, autorizó a los jueces a continuar investigaciones aunque los fiscales hubieran decidido cerrarlas por falta de elementos.
Acceso a la Justicia advirtió que estas decisiones contradicen lo establecido en el numeral 3 del artículo 285 de la Constitución, el cual señala que es competencia del Ministerio Público:
«ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y responsabilidad de los autores y demás participantes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración».
Por último, en el reporte se menciona que en la sentencia n.º 902, del 14 de diciembre de 2018, la Sala Constitucional le arrebató el monopolio de la acción penal del Estado a la Fiscalía, permitiendo que las víctimas consignaran acusación particular propia, independientemente de la decisión del Fiscal de acusar o no, lo cual «es violatorio de la Constitución en su artículo 285, numeral 4, que le otorgaba esta facultad exclusivamente al Ministerio Público, siendo un desmedro grotesco del sistema acusatorio».
La cronología anterior revela que el proceso de desmantelamiento del organismo comenzó mucho antes de que la fiscal general en el exilio, Luisa Ortega Díaz, rompiera con el gobierno de Nicolás Maduro a raíz de las sentencias mediante las cuales el máximo juzgado prácticamente había cerrado al Parlamento (155 y 156). Pero, además, no se detuvo una vez que la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC) removiera a la abogada guariqueña del puesto que venía ocupando desde 2007 y la reemplazara por Tarek William Saab.
Sin estabilidad
Pero el Ministerio Público no solo ha sufrido un proceso de despojo de facultades e intervención por parte de la ANC, sino que además ha visto cómo los escasos pasos que se habían dado para asegurar la estabilidad de los fiscales fue revertida de un plumazo por Tarek William Saab.
En el informe se recuerda que apenas 3 de los más de 2.000 fiscales que hay en el país han conseguido sus puestos a través de concursos de oposición, tal y como lo ordena la Constitución. Además se denuncia que Saab reformó el Estatuto del Personal del organismo a finales de 2018 para convertir a todos los funcionarios en «personal de confianza» y, por lo tanto, «son de libre nombramiento y remoción».
Ortega Díaz fue la única autoridad del sistema de administración de justicia que admitió que la provisionalidad era un problema y no solo se comprometió con el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas a atacarlo en 2011, sino que dio algunos pequeños pasos en ese sentido.
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
La crisis humanitaria en la que se encuentra sumido el país ha sido provocada en buena medida por la decisión de las autoridades de violentar y quebrantar el orden constitucional, así lo han denunciado organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Aunque la expresión más evidente de esta ruptura ha sido la Asamblea Nacional, la cual no solo ha sido neutralizada sino despojada de sus funciones, otras instancias como el Ministerio Público también han corrido con una suerte similar.
Las reformas legales que han arrebatado potestades al Ministerio Público dificultan mucho su labor de combate contra el crimen y de defensa de las garantías de los ciudadanos, pero además su intervención en 2017 por parte de la cuestionada Constituyente lo coloca en una posición de mayor sumisión al Gobierno.
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Cortesía de Acceso a la Justicia