Los presos por razones políticas en Venezuela comparten características similares, sean civiles o del estamento militar: son perseguidos o vinculados en supuestos hechos conspirativos, sufren recurrentes violaciones a sus derechos humanos que pueden calificarse como tortura o tratos crueles, además de retrasos indebidos en procesos judiciales.
IDAED / Tal Cual.
Hasta noviembre de 2021 esta es la situación que padecen los oficiales de la Fuerza Armada Nacional, en condición de retiro o activos, que han sido vinculados a hechos políticos para ser detenidos por la administración de Nicolás Maduro.
Según la ONG Justicia Venezolana hay 180 presos políticos militares hasta el 16 de noviembre en todo el país. 39 de ellos pertenecen al Ejército, ocho son efectivos de la Aviación, 11 de la Armada y 70 pertenecen al componente de la Guardia Nacional.
Si se hace la sumatoria de los cuatro componentes, son 128 los presos políticos militares. La ONG aclara que las diferencias entre el número de presos políticos totales y por componentes se debe a las dificultades de acceso a los casos —principalmente de la Operación Gedeón les ha sido difícil obtener información—, «y si bien se conoce de los castrenses privados de libertad, no tenemos todos los detalles».
Mientras, el Foro Penal Venezolano documentó 132 presos políticos militares en todo el país hasta el 15 de noviembre. Las diferencias entre ambas organizaciones se debe a la clasificación que hace el Foro Penal de los detenidos durante distintas etapas, además de otras consideraciones legales.
Ambas ONG coinciden en que la mayoría de los militares arrestados pertenecen al Ejército y la GN. En su informe de agosto de 2021, el Foro Penal destaca que «estas personas han reportado que han sido sometidas a torturas físicas y psicológicas, así como tratos crueles, inhumanos y degradantes y sus familiares han sido amenazados y perseguidos».
«Una cifra importante de funcionarios militares se encuentran privados de libertad catalogados como presos políticos, lo que demuestra un ensañamiento contra los funcionarios que disienten o son considerados molestos para el gobierno represor», reitera el Foro.
Torturas contra militares
En las últimas semanas se han difundido varios casos de tortura que involucran a efectivos militares detenidos. Tal fue el caso del primer teniente (r) Richard Alemán y de Ángelo Rosales, presuntamente vinculados con la Operación Gedeón; al igual que el primer teniente Reinaldo Finol, supuestamente ligado al estadounidense Matthew Jhon Heath para realizar acciones terroristas.
Los acusados por la Operación Gedeón relataron directamente a la jueza Hennith Carolina López las torturas a las que fueron sometidos por funcionarios de la Dgcim. Descargas eléctricas, golpizas, asfixia, ahogamientos e incluso abuso sexual con un objeto son algunas de las denuncias escuchadas durante las últimas audiencias del caso.
El pasado 16 de noviembre, y con retraso, la jueza del Tribunal 1° de Control con competencia en terrorismo ordenó remitir estos testimonios a la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio Público para su investigación.
En el caso del primer teniente Finol, las torturas también incluyeron amenazas sobre sus familiares.
Las torturas y tratos crueles, incluido el abuso y violencia sexual contra civiles y militares detenidos por razones políticas, ha sido documentada en diversos informes de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas, la OEA y la Misión de Determinación de Hechos, quienes han coincidido que se tratan de prácticas recurrentes, especialmente cometidos por organismos de inteligencia y contrainteligencia en Venezuela.
La Oficina de Bachelet, en su informe de julio de 2020, documentó 110 casos de torturas, correspondientes a 63 militares y 47 civiles, al tiempo que destacó que funcionarios de la Dgcim recurrieron «de forma notable a la tortura para obtener una confesión, información o para castigar o intimidar a los detenidos».
Bachelet también destacó que casi todas las personas detenidas por la Dgcim han sido víctimas de desapariciones forzadas, en lapsos que varían de entre los 7 y 40 días posteriores a la detención y antes de ser presentados al juez.
La Misión de Determinación de Hechos, en su informe de 2020, también detalló que la Dgcim ha utilizado cada vez más instalaciones no oficiales, y tienen conocimiento de 24 casos donde hubo torturas en este tipo de recintos entre 2018 y 2019.
En el documental La república que tortura, realizado por TalCual, también se evidencian este tipo de prácticas violatorias de los derechos humanos que sufren tanto civiles como militares. En particular, se pone de manifiesto la muerte del capitán de navío Rafael Acosta Arévalo, quien falleció en tribunales producto de las golpizas que sufrió bajo custodia de la Dgcim.
Las torturas y tratos crueles no solo se limitan a los golpes o maltrato físico, también incluyen el aislamiento forzado, la negación de alimentos, agua y atención médica, simulaciones de ejecución y la llamada «tortura blanca».
De este último fue víctima el general retirado Raúl Isaías Baduel, quien murió bajo custodia del Estado el pasado 12 de octubre. Sus familiares relatan que al exministro de Defensa se le negó sistemáticamente el derecho a la salud, y no fue atendido adecuadamente al momento de presentar la emergencia que derivó en su muerte.
Retardo procesal
La ONG Justicia Venezolana, en su informe de marzo-agosto 2021, señala que el retardo procesal en los casos de los presos políticos militares «se da sistemáticamente en todas las fases judiciales. Actualmente hay 180 castrenses que sufren diversas patologías que requieren atención y tratamiento médico constante, pero los jueces los someten a largos procesos que son violatorios de las leyes y sus derechos».
Por ejemplo, la audiencia de presentación según las leyes venezolanas debe darse entre las 48 horas contadas tras la aprehensión, pero en el caso de presos políticos militares puede tardar hasta nueve días.
En el caso de las audiencias preliminares, se establece que debe darse entre los 15 y 20 días (artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal) luego de haberse presentado la acusación por parte de los fiscales. Los retardos promedian 278 días para los castrenses.
Mientras que el acto de apertura del juicio, que debe darse entre 5 y 10 días (artículo 325 del COPP) luego de que el tribunal encargado reciba el expediente, puede tardar hasta 653 días.
Justicia Venezolana recuerda que el retardo procesal «se trata de una práctica violatoria del debido proceso y, por ende, de los derechos humanos del justiciable, no solo por el hecho que se incumplen los lapsos procesales sino porque, además, los militares procesados permanecen tras las rejas, ya que los jueces que llevan estos casos, desprovistos de autonomía e independencia en su ejercicio de administrar justicia, continúan en la sistemática práctica de negar el otorgamiento de medidas cautelares a pesar de ser lo ajustado a derecho».
Además, recuerdan que esta situación puede agravarse si son trasladado a cárceles comunes, como lo establece la Gaceta Oficial 42.125 sobre el traslado de los detenidos de centros de la Dgcim y Sebin a otros recintos, pues «se presenta un retardo procesal en las causas por falta de traslado, ya que es un secreto a voces que estas cárceles están comandadas por un sistema de pranato, en el que el detenido debe pagar para ser trasladado al tribunal».
26 militares se encontraban recluidos en la sede de la Dgcim en Boleíta a principios de enero de 2021. Luego del decreto, solo se mantienen ocho efectivos vinculados a los casos Boicot AN, Cotiza y Magnicidio; el resto fue trasladado al Centro Nacional de Procesados Militares (Cenapromil), ubicado en el estado Miranda.