De acuerdo con la resolución 19-05-01 el Banco Central de Venezuela autoriza la compra y venta de divisas a través de un nuevo sistema denominado “mesas de cambio”.
El artículo I del documento detalla que las instituciones bancarias habilitadas para actuar como operadores cambiarios podrán pactar a través de sus mesas de cambio entre clientes de la institución o en transacciones interbancarias por parte de personas naturales y jurídicas.
De igual forma en su artículo VI detalla que los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda a través de este sistema podrán hacerlo sin restricción siempre y cuando cumpla con estos requisitos:
-Haber cumplido satisfactoriamente con los procesos correspondientes ante el operador cambiario
-Ser cliente de la institución bancaria en el sistema financiero nacional.
También se especifica que se adoptarán las medidas pertinentes para procurar que las operaciones sean liquidadas oportunamente.